Policiaca
Estricta regulación a operación de anexos

Mediante la creación de la Ley para la Prevención, Atención Integral y Control de las Adicciones para el Estado de Aguascalientes, nuestra entidad podrá contar al fin con el marco jurídico que permita establecer los requisitos, seguimiento, vigilancia y control de los Centros de Atención de Adicciones, conocidos popularmente como “anexos”, a efecto de garantizar la salvaguarda, seguridad, y bienestar de las personas que, por su condición, deben hacer uso del servicio que ofrecen estos lugares.

La propuesta de Decreto, fue presentada hoy viernes de manera formal a iniciativa de los diputados María de Jesús Díaz Marmolejo, Mayra Guadalupe Torres Mercado y Quique Galo, y a la cual se han sumado los legisladores Laura Patricia Ponce Luna, Alma Hilda Medina Macías, Verónica Romo Sánchez, Irma Karola Macías Martínez y Juan Pablo Gómez Diosdado.

El documento establece de la necesidad de contar con una Ley especial que permita sentar las bases de política pública en materia de atención integral para personas con problemas de adicciones, a partir de un enfoque preventivo, con irrestricto respeto a los derechos humanos y que atienda las necesidades diferenciadas en función de género, defina la coordinación de políticas, inversión de recursos y prevea los servicios para la atención integral de personas con problemas de consumo de sustancias psicoactivas y garantizarles su reinserción social, capacitación e integración al mercado laboral.

Los Centros de Atención a las Adicciones que presten servicios de atención para el tratamiento y rehabilitación del consumo de sustancias psicoactivas deberán cumplir un una serie de requisitos que van desde los más básicos como el aviso de funcionamiento y licencia de uso de suelo, hasta el presentar programas de atención integral y específico, personal capacitado y suficiente, acciones que promuevan la participación activa de los usuarios, ambiente limpio y seguro y tratamientos médicos y psicosociales de acuerdo con los principios científicos, sociales y éticos aplicables.

De igual manera, será obligatorio ofrecer un menú avalado por profesionales de la salud y que contemple una alimentación balanceada, de buen aspecto, en cantidad suficiente para una adecuada nutrición de acuerdo con el estado de salud del usuario y servida en utensilios higiénicos.

El ingreso voluntario a estos sitios requiere de una solicitud por escrito, haciendo constar el motivo de esta. El ingreso involuntario se admitirá solo en aquellos casos de personas que requieran atención urgente o representen un peligro grave e inmediato para sí mismos o para los demás. En estos casos se requerirá la indicación de un médico y la solicitud de un familiar responsable, ambas por escrito. El ingreso obligatorio se realizará a solicitud de la autoridad legal competente, siempre y cuando el usuario lo amerite, previo examen médico.

Dentro de las sanciones establecidas en esta nueva Ley para la Prevención, Atención Integral y Control de las Adicciones, se establecen clausuras permanentes al detectarse maltrato físico, psicológico o violación de los derechos humanos a los usuarios; cuando el Centro sea reincidente en la comisión u observación de las observaciones previamente realizadas o por conductas que impliquen la comisión de un delito.

La clausura será temporal si se llegase a comprobar maltrato verbal o psicológico a los usuarios; alimentación inadecuada, o que ésta se elabore o proporcione en condiciones de insalubridad; si se suministran sustancias prohibidas a los usuarios durante el tratamiento o por hacer caso omiso a un acuerdo de requerimiento con apercibimiento.

Se contempla asimismo el establecimiento de medidas de seguridad por no contar con valoraciones médicas; por la ausencia de instalaciones adecuadas para recibir usuarios de acuerdo con su sexo, género, edad y capacidades diferentes; por inadecuadas condiciones del Centro; por exceder el tiempo del tratamiento y por hacinamiento.

En todos los casos, al internarse a un enfermo, se deberá informar a los familiares o tutores claramente del costo directo, indirecto total o la gratuidad del tratamiento, así como su duración.

Durante la presentación de la iniciativa se contó con la presencia de Luis Antonio Ocampo Rangel, titular del CECA; Ricardo Max Lenin Zamora Esparza y Ruth Esther Jiménez Eudave, de CAPA; José Antonio Sánchez Gómez, de Seguridad Pública estatal; Jessica Pérez Carreón, de la CEDH; Héctor Manuel Reyes Hernández, de Protección Civil estatal, así como Jaime Gallo Camacho y Marco Antonio Perea López, de la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal.

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