- Con esta medida, se garantiza justicia pronta y expedita para los menores de edad.
- Actualmente, la mayoría de los deudores alimentarios se benefician de la suspensión condicional del proceso para pagar la reparación del daño en parcialidades.
Con la propuesta de la diputada local del Partido Acción Nacional (PAN), Nancy Gutiérrez, los deudores alimentarios podrían ir a prisión con una condena que va desde los 3 años 2 meses hasta los 7 años, una reforma al Código Penal de Aguascalientes que garantizará el cumplimiento de sus obligaciones y proporcionará justicia a los menores de edad.
Nancy Gutiérrez, envió un mensaje a las mujeres, niños y niñas de Aguascalientes para que “tengan la certeza de que su voz está siendo escuchada y con mucho compromiso vamos a lograr cambios profundos que por supuesto puedan darles justicia de manera pronta”.
Lamentó que actualmente, en muchos casos, los deudores alimentarios prolongan el cumplimiento de sus obligaciones al aprovechar la posibilidad de efectuar los pagos de la reparación del daño en parcialidades durante los 3 años que dura la suspensión condicional.
Puntualizó que la reforma tiene como propósito evitar esta situación. Dado que, la suspensión condicional, no aplica para delitos cuya media exceda los 5 años, de esta manera quedaría eliminado el abuso de dicha disposición y se garantizaría que los deudores tengan que cumplir de manera inmediata, sin la posibilidad de prolongar el proceso mediante pagos parciales.
“Estoy proponiendo estos cambios porque los datos nos muestran que esta conducta se está haciendo cada vez más frecuente. No podemos dejar solas a las víctimas, tenemos que actuar en un frente común para que los niños, niñas y adolescentes de Aguascalientes vivan en entornos de paz”, expresó la diputada local.
De esta manera, el cambio al artículo 131 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, se modifica para pasar de una sentencia por 6 meses a 3 años de prisión a una condena que va desde los 3 años y 2 meses a los 7 años de prisión.
Es importante recordar que, quienes pueden hacerse acreedores a esta sanción, son aquellas personas que no cumplan con la obligación de dar alimentos en términos de lo establecido en el Código Civil del Estado de Aguascalientes y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Aguascalientes.
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